domingo, 1 de abril de 2007

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR PROGRAMAS DESTINADOS A LA FORMACIÓN E INSERCIÓN DE TRABAJADORES INMIGRANTES.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES.Orden TAS/195/2007, de 2 de febrero, por la que se establece la concesión de subvenciones para financiar programas destinados a la formación e inserción de trabajadores inmigrantes.
La presente orden ministerial, contempla la concesión de subvenciones destinadas a financiar un programa de formación para inmigrantes a través de la suscripción de convenios de colaboración con entidades de formación, empresas u organizaciones de empresas que realicen acciones de formación en los países de origen de los alumnos y asuman el compromiso de contratación de un porcentaje de aquellos una vez finalizada la acción formativa.
En todo caso, los contratos estarán referidos a ocupaciones que se encuentren incluidas en el contingente de trabajadores extranjeros en vigor cuando su cobertura se realice de acuerdo con las normas reguladoras del mismo, en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura o aquellas que hayan sido objeto de certificación acreditativa de la no disponibilidad de candidatos emitida por el servicio público de empleo competente. La duración de los contratos será, preferentemente, por tiempo indefinido y se ajustará a la prevista en la modalidad contractual utilizada según la normativa vigente y la autorización de trabajo que se pretenda tramitar.
En la selección de los alumnos participarán las Embajadas de España o, en su caso, las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales, si existieran. La supervisión del correcto desarrollo de las acciones formativas corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal, quien podrá delegar todo o parte de la misma en las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales o en las autoridades consulares españolas. Dicha delegación, en su caso, se someterá a informe de la Dirección General de Inmigración.
Alumnos.Los trabajadores inmigrantes que participen en las acciones de formación tendrán derecho a la gratuidad de la formación y tendrán cubierto el riesgo de accidente de trabajo como consecuencia de su participación en las acciones formativas.

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