sábado, 9 de febrero de 2008

TS decidirá en breve condición apátrida saharauis, que serían así residentes

El Tribunal Supremo (TS) se pronunciará en breve sobre la posible condición de apátridas de los saharauis, lo que convertiría a los que están en España en residentes, explicó hoy el magistrado Rafael Fernández Valverde en el Seminario Inmigración-Justicia celebrado hoy en Gran Canaria.

El magistrado de la Sala Tercera del TS expuso las últimas novedades en jurisprudencia de extranjería y detalló asimismo la apertura del Supremo a la admisión de solicitudes de asilo.

Sobre la situación de los saharauis que han pedido ser declarados apátridas, explicó que en la actualidad se encuentran en un estado de indefinición y 'habrá que buscar una solución jurídica'.

Su situación es consecuencia de la política internacional, pues aunque la República Arabe Democrática Saharaui (RASD) está reconocida por más de ochenta países, entre ellos no figura España, con lo que no los puede declarar de esta nacionalidad.

Los saharauis que pidieron ser españoles antes de 1976 obtuvieron la nacionalidad, pero hoy en día no se cumplen las condiciones para que les sea concedida, mientras entienden que su nacionalidad no es la marroquí y se podría plantear que fueran argelinos por residir en los campos de Tinduf desde hace más de treinta años.

Sin embargo, los saharauis que viajan a España con un visado argelino de tres meses, para el que suelen aducir razones de salud, acuden al consulado argelino y les reiteran que no son de su nacionalidad.

Así, ante esta situación en la que no se es español, ni marroquí ni argelino, 'se puede optar por ser apátrida' y varios casos, tras ser rechazados por la Audiencia Nacional, han llegado al Supremo, que resolverá en unos días, posiblemente en una semana, concretó.

Las sentencias denegatorias piden acreditar que se podría optar por la nacionalidad argelina: 'ahora se verá en el Supremo', apostilló.

El magistrado agregó que tras la reforma legislativa de 1993, el Supremo resuelve los últimos casos que le quedan anteriores a 2003, lo que se está aprovechando para marcar pautas, por ejemplo, en el campo de las solicitudes de asilo político.

En este sentido el Tribunal Supremo ha optado 'por una apertura clarísima en materia de admisión', pues hasta ahora la práctica habitual ha sido no admitir 'de plano' las solicitudes.

Las nuevas sentencias del Supremo ordenan que se tramite el expediente y se comprueben los datos y alegaciones del solicitante y 'a continuación, se resuelva'.

Estos pronunciamientos afectan sobre todo a cubanos y colombianos, pues los asuntos africanos prácticamente se han agotado, agregó.


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